Una vez efectuada la actividad objeto de la ayuda, la persona beneficiaria deberá solicitar el pago de la ayuda. Los beneficiarios de la ayuda de Emprende Rural Leader disponen del plazo de 24 meses contados desde la notificación de concesión de la ayuda y hasta el 31 de octubre de 2028, para ejecutar la actividad subvencionable.
El pago de la Ayuda de Emprende Rural Leader se realizará en 2 pagos, para ello deberá presentar lo siguiente:
PRIMER PAGO
- Formulario Solicitud del pago
- Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en un municipio del territorio de Omezyma.
- Justificante de Alta en Régimen de Trabajo Autónomo.
- Alta en la Seguridad Social (certificado de vida laboral)
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para la actividad para la que se solicita la ayuda.
- Certificado de Residencia Fiscal.
- Licencia de actividad, o haberla solicitado o la declaración responsable de haberla solicitado.
- Si procede, licencia de obras o haberla solicitado o la declaración responsable de haberla solicitado.
SEGUNDO PAGO:
- Formulario de solicitud de pago
- Acreditación de haber realizado la inversión mínima exigida de 3.000€
- Acreditación de mantener el alta en régimen de trabajo autónomo
- Acreditación de mantener el alta en la Seguridad Social (certificado de vida laboral)
- Acreditación de mantener el alta en el IAE de la actividad
- Residencia fiscal
- Licencia de actividad y, en su caso, licencia de apertura en caso de no haber sido aportada con anterioridad.
- Declaración del IRPF o el Impuesto de Sociedades que muestre que ejerce la actividad económica que ha sido objeto de la ayuda y que tiene un mínimo de ingresos generados por la actividad económica.
- Declaración del IVA anual (modelo 390) con un importe de la base imponible del IVA devengado que sea por lo menos el Iprem del año de la solicitud de la ayuda, o bien que el balance de pérdidas y ganancias de la contabilidad de los cuatro últimos trimestres sea por lo menos el Iprem del año de la solicitud, en este caso deberá contrastarse con la lista de facturas emitidas y recibidas de esos mismos cuatro últimos trimestres.
- Acreditación de haber cumplido con el plan de empresa, salvo causa de fuerza mayor.




